RIT (REGISTRO DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA)

El decreto N° 000275 del 27 de marzo de 2023, estipula el plazo para que los contribuyentes realicen la inscripción, actualización y cancelación de este registro; pero, ¿qué es el RIT? Pues lo dicho allí en el decreto “El registro de información tributaria es el mecanismo utilizado por la Secretaría de Hacienda para identificar y clasificar a los contribuyentes que están obligado a tributar el impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros y Sobretasa Bomberil en el municipio de Pereira”. Los contribuyentes obligados a realizar dichos trámites son aquellos a quienes recae el hecho generador del Impuesto de Industria y Comercio en el Municipio de Pereira. ¿Cuáles son los datos o documentación solicitada para dicho trámite?

DATOS BÁSICOS

-          Nombres y apellidos o razón social del contribuyente.

-          Tipo de documento.

-          Tipo de contribuyente.


INFORMACIÓN DEL CONTRIBUYENTE

-          Número de matrícula mercantil.

-          Fecha de matrícula.

-          Fecha de ingreso del contribuyente.

-          Fecha de la última actualización.

-          Fecha de cancelación matrícula mercantil.

-          Motivo de cierre.

-          Cantidad de establecimientos.

-          Régimen tributario municipal.

-          Régimen tributario nacional DIAN.


INFORAMCIÓN DEL ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO

-          Número de placa.

-          Tipo de establecimiento.

-          Nombre del establecimiento de comercio.

-          Ficha catastral del establecimiento de comercio.

-          Dirección del establecimiento, departamento y ciudad.

-          Dirección, departamento y ciudad de notificación.

-          Número de matrícula del establecimiento.

-          Fecha de renovación cámara.

-          Matrícula inmobiliaria.

-          Avisos y tableros.

-          Teléfono fijo, celular y correo institucional del establecimiento.


UBICACIÓN Y CONTACTO DEL CONTRIBUYENTE

-          Celular y correo electrónico de contacto del contribuyente.

-          Correo electrónico de notificación.

-          Departamento y ciudad.


El plazo máximo estipulado por la Secretaría de Hacienda municipal para el trámite de dicho registro es hasta el 31 de diciembre de 2023; esta fecha fue modificada por el decreto N° 000591 del 25 de julio 2023; si la inscripción, actualización o cancelación del RIT no se realiza, el contribuyente será objeto de sanción según lo establecido en el “artículo 299 del Acuerdo 29 de 2015, modificado por el artículo 86 del acuerdo 042 de 2017”.


Fuente: Municipio de Pereira y Secretaría de Hacienda municipal.

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